Incentivos al contratar de forma indefinida a personas mayores de 45
Mejoras en la empresaAyudas
El objeto del programa es incentivar la contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración de 45 o más años de edad que se lleven a cabo por parte de las empresas ubicadas en Andalucía.
1. Las entidades que se pueden beneficiar de esta ayuda, serán:
• Personas trabajadoras autónomas
• Empresas válidamente constituidas e inscritas en el registro
• Entidades sin personalidad jurídica
La cuantía de la ayuda consiste en un incentivo a tanto alzado de 6.000 euros por cada contrato laboral.
2. Las condiciones del contrato laboral son las siguientes:
• El contrato debe formalizarse en un centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
• con carácter definido.
• manteniéndose un período mínimo de doce meses a jornada completa.
• con personas mayores de 45 años.
¡Ojo! Están excluidas las contrataciones que afectan al cónyuge, ascendientes, descendientes, o aquellas realizadas por las empresas de trabajo temporal.
Si por causas que no tienen que ver con la persona beneficiaria, se rompe la relación laboral, es decir, se suprime el contrato laboral, el trabajador deberá ser sustituido en un plazo máximo de quince días y la baja debe comunicarse al Servicio Andaluz de Empleo. Además, este segundo contrato deberá mantenerse hasta completar los 12 meses (sumando el contrato anterior).
Última modificación: septiembre 23, 2022